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¿Cómo va el proceso de divorcio?

¿Cómo va el proceso de divorcio?

Algo que todos los adultos debemos tener claro es que el amor no es siempre para toda la vida. Por unos motivos u otros, muchas parejas después de algunos años rompen y, aunque sea difícil poner fin a una relación, es algo que hay que llevar hacia delante si se está seguro de ello porque lo primordial es buscar la felicidad, que además podemos encontrarla con otra persona a nuestro lado o en solitario.

Índice

¿Cuáles son las etapas del divorcio?

Como todos sabemos, el divorcio es la disolución del matrimonio, aunque en su sentido más amplio este se refiera al proceso que tiene como intención poner fin a una determinada unión conyugal (o matrimonio). En términos legales, debemos saber que el divorcio fue asentado por primera vez en el Código Civil francés de 1804, siguiendo aquellos postulados (proposiciones no evidentes por sí mismas) que veían al matrimonio como una verdadera unión libre y al divorcio como una necesidad natural.

El procedimiento del divorcio de mutuo acuerdo dará comienzo mediante la presentación, ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar del último domicilio conyugal o el del domicilio de cualquiera de los cónyuges si estos ya vivieran separados antes del inicio de dicho proceso, de una demanda de divorcio firmada por ambas partes o por una de ellas con el consentimiento del otro. Esa demanda será acompañada por una serie de documentos exigidos por la Ley. Los cónyuges deberán comparecer por medio de un abogado y un procurador.

En el plazo de tres días los cónyuges serán citados para que, por separado, ratifiquen su deseo de divorciarse ante el Juez y su conformidad con lo reflejado en el Convenio. Si los cónyuges no se ratifican en su deseo de divorciarse el Juez acordará el archivo del asunto, aunque los cónyuges podrán reiniciar el proceso de divorcio por la vía contenciosa. En el caso de que los cónyuges sí ratifiquen su deseo de divorciarse, el Juez examinará si el convenio regulador propuesto por los mismos es ajustado a derecho, es decir, si no daña a los hijos o es muy perjudicial para uno de los cónyuges.

Si el Juez no aprueba el convenio presentado (en todo o en parte) concederá a los cónyuges un plazo de diez días para proponer un nuevo convenio, limitado, en su caso, a los puntos que no hayan sido aprobados. Presentada la nueva propuesta o transcurrido el plazo concedido sin hacerlo el Juez resolverá lo que él estime oportuno atendiendo siempre al interés familiar y al derecho.

Una vez ratificados, y en el caso de que algún hecho relevante no pudiera ser acreditado con los documentos presentados con la demanda, deberán en ese mismo escrito proponer las pruebas para acreditarlo. Para la práctica de estas contarán con un plazo de diez días. Además, si hay hijos menores de edad, el Juez recabará un informe del Ministerio Fiscal. El Juez deberá escuchar a los hijos si tienen suficiente juicio y si son mayores de 12 años, trámite que se realizará de forma privada y respetando, en todo caso, el derecho a la intimidad del niño y la confidencialidad. En los divorcios de mutuo acuerdo en la práctica solamente en un porcentaje muy pequeño de asuntos se acuerda oír a los menores.

Finalmente, el Juez dictará sentencia que, si se han cumplido los requisitos legales señalados, deberá conceder el divorcio produciéndose desde ese momento los efectos de éste y aclarando los temas legales como la pensión alimenticia que se debe pasar a los hijos o a la expareja, la hipoteca.

Los cónyuges podrán recurrir tanto la sentencia que deniegue la separación o divorcio como el “auto” que acuerde alguna medida que se aparte de los términos del convenio propuesto y según la ley del Código Civil. Para hacerlo se deberá presentar un escrito en los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia ante el mismo Juez que la dictó y señalando la intención de recurrir. Se dispondrá entonces de un plazo de veinte días para interponer el recurso, debidamente fundamentado, ante el Juzgado que lo dictó, quien lo llevará a la Audiencia Provincial competente, la que definitivamente resuelva todo.

Documentos necesarios para solicitar el divorcio

A pesar de que los documentos que se deben aportar dependen del tipo de proceso de divorcio por el que se vaya a optar, en todos los casos será completamente necesario presentar lo siguiente:

- Certificado de matrimonio. Documento que será proporcionado de forma completamente gratuita por el Registro Civil de la ciudad donde el matrimonio se haya celebrado. No obstante, se expedirá en un plazo aproximado de una semana desde la solicitud para evitar desplazamientos (en el caso de que fuera necesario), aunque existe la posibilidad de solicitarlo por correo ordinario, fax, etc.

- Certificado de nacimiento de los hijos en caso de que se hayan tenido. Documento expedido por el encargado del Registro Civil y que da fe del hecho del nacimiento: la fecha en que este tuvo lugar, el sexo, y en su caso de la hora en que se produjo y la filiación del inscrito.

- Poder General para Pleitos. Escritura pública en la que se otorgan poderes al abogado y procurador para que puedan además actuar en el Juzgado en defensa y representación de los cónyuges. Este es un documento que se entrega en cualquier notaría y el precio es de unos treinta o cuarenta euros aproximadamente, aunque también puede recogerse en el juzgado de manera gratuita.

Además, si se solicitan medidas de carácter patrimonial el cónyuge que las solicite deberá aportar los documentos que le permitan evaluar la situación económica, pero si no cuenta con ellos también deberá solicitarlos a través del juzgado. También algunos juzgados exigen el certificado de empadronamiento o residencia acreditativa de la vivienda de los cónyuges. Y en los casos de divorcio de muto acuerdo será necesario presentar la propuesta de convenio regulador siempre firmado por ambas partes.

Efectos del divorcio

Como decíamos al principio, es muy importante tener absolutamente claro que nos queremos divorciar porque, como todo, esto trae una serie de efectos de los que debemos además ser completamente conscientes.

La principal consecuencia es la disolución del matrimonio que no de la familia que se ha formado. Este ha existido desde su celebración hasta que la sentencia de divorcio es completamente firme, momento en el que justamente el vínculo entre los cónyuges desaparece y, en consecuencia, queda modificado el estado civil de los antiguos que pasan a ser personas divorciadas y que, por tanto, podrán volver a contraer matrimonio libremente en el caso de que así lo deseen. Además, tras el divorcio quedará disuelto el régimen económico del matrimonio.

La sentencia del divorcio solamente afectará a terceros de buena fe a partir de la fecha de la inscripción del divorcio en el Registro Civil, puesto que a partir de ese momento puede ser conocida por cualquiera.

Finalmente, hay que saber que también existen otros efectos derivados de esta ruptura del vínculo matrimonial como la pérdida de los derechos sucesorios (o de sucesiones) entre los cónyuges. Estos hacen referencia a la parte del derecho privado que regula la sucesión por causa de muerte y determina el destino de las titularidades y relaciones jurídicas tanto activas como pasivas de una persona después de su muerte.​

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