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Cómo actuar ante ruidos molestos

Cómo actuar ante ruidos molestos

¿Tus vecinos de arriba se pasan la noche moviendo muebles o con la televisión a todo volumen? ¿No hay manera de dormir a causa de los ruidos del bar de debajo de tu casa? Los ruidos molestos, que impiden el descanso, se pueden denunciar. Averigua cómo.

Índice

Lamentablemente, las casas no están todo lo bien aisladas que deberían, por lo que es normal que oigamos a la vecina de arriba con los tacones o las conversaciones de los de al lado cuando se producen por la noche. Oír ciertos ruidos en un edificio es normal y todos debemos acostumbramos a eso (o aislar mejor nuestra casa), pero hay ciertos ruidos que no deben consentirse y que se pueden denunciar, ya que la ley así lo permite.

Lo que dice la ley…

Los horarios y la intensidad del ruido de los hogares suele estar regulado en las Ordenanzas Municipales, por lo que deberás consultar la tuya para saber exactamente qué está prohibido y cómo según el derecho. No obstante, la mayoría recoge los mismos términos que, en cuanto al nivel máximo de ruido para una zona residencial, suele ser de 35 decibelios (db) durante el día, de 35 db durante la tarde y 30 db durante la noche. En el caso de los dormitorios ese índice es inferior, pasando a 30 db durante el día y la tarde y a 25 db en la noche.

Estos periodos horarios van de las 7 a.m hasta las 7 p.m, desde las 7 p.m hasta las 11 p.m, y de las 11 p.m hasta las 7 a.m.

Además, existen otras normativas a nivel estatal que también recogen leyes relacionadas con los ruidos, como el Código Penal, que sanciona el delito contra el medioambiente a nivel administrativo mediante el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, en su Decreto 1414/1961, de 30 de diciembre de 1961, en el que se recogen las actividades que son calificadas como molestas, incluyendo la producción de ciertos ruidos. O la Ley de Propiedad Horizontal, que regula las relaciones vecinales, sancionando las actividades molestas.

Por lo tanto, se pueden denunciar todos aquellos ruidos que superen los decibelios permitidos para cada franja horaria. Pero, para que te hagas una idea, oír una televisión o una conversación de fondo suele estar dentro de los parámetros, entenderla como si estuviera en tu misma casa, no.

¿Cómo denunciar a tus vecinos?

Si los ruidos de tus vecinos son insoportables y no te dejan descansar ni dormir, debes hacer algo lo antes posible ya que no poder dormir bien mina nuestra salud física y mental, causando estrés, ansiedad, fatiga… y, por supuesto, mal humor e irritabilidad. Así que si tus vecinos no te dejan descansar y hacen ruidos fuera de lo normal, no aguantes más y actúa.

Lo primero es intentar dialogar con ellos y hablar las cosas por las buenas. Quizá no se han dado cuenta de lo molestos que resultan o de que su televisión se escucha hasta en China. Ve a hablar con ellos de manera pacífica y calmada, nada de ir de malas o buscando bronca ya que eso no solo no resolverá nada, sino que seguro que resulta más contraproducente.

También puedes consultar a la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) para que te informen y orienten.

Si tu vecino te ignora y sigue haciendo el mismo ruido o más, es hora de denunciar. Primero puedes acudir a la policía local o municipal para denunciar los hechos y que midan la actividad molesta en la vivienda. Además, suelen interpelar al vecino ruidoso que, muchas veces, aprende la lección con esta simple llamada de atención y deja de hacer tanto ruido, sobre todo si vive dre alquiler y el propietario le llama también la atención. En el caso de locales ruidosos, además, puede comprobar si están cumpliendo con la normativa en materia de aforo, licencias, horarios… y decretar el cierre inmediato del mismo si incumplen alguna ley.

Después puedes acudir al presidente de la comunidad de propietarios o al administrador para que soliciten al vecino ruidoso que pare, o se le denunciará. Puedes solicitar por escrito la convocatoria de una Junta Extraordinaria para que se trate este asunto en el orden del día y, en su caso, se aprueben las medidas judiciales oportunas contra el vecino infractor. Para que esto salga adelante es necesario el acuerdo de la mayoría de los propietarios presentes en la reunión siempre que representen a su vez una mayoría de los coeficientes de participación de las personas que hayan acudido a dicha reunión.

Una vez adoptado el acuerdo, se enviará un requerimiento fehaciente al vecino advirtiéndole de que si no cesa de inmediato las actividades molestas, se iniciarán los trámites judiciales pertinentes para obligarle a cumplir.

Si nada funciona o la comunidad no quiere actuar, puedes interponer una denuncia individual por vía penal por delito contra el medio ambiente o denunciar ante el ayuntamiento para que tome medidas y envíe a sus técnicos para que puedan comprobar la actividad molesta en la propiedad.

Las principales diferencias entre estas vías son:

- Vía administrativa: mandar una carta al ayuntamiento donde exponer tus protestas explicando los hechos y horas exactas de problema. Incluso puedes exigir medidas urgentes para el cese inmediato del alboroto.

- Vía contencioso-administrativa: reclamar indemnizaciones por las consecuencias de esa inacción.

- Vía judicial civil: es una demanda ordinaria que apunta hacia el causante del ruido. Es un documento en el que se reivindican indemnizaciones por daños y perjuicios.

- Vía penal: normalmente, el último recurso, interponer una querella ante el juzgado, respaldada por certificados médicos que acrediten tu condición y los problemas de salud derivados del ruido de tus vecinos. 

Como decíamos, en última instancia se puede acudir al Juzgado civil o al contencioso administrativo con las pruebas pertinentes. En este caso la demanda deberá acompañarse de la certificación del acuerdo adoptado por la Junta de propietarios y el comprobante del requerimiento que se le haya enviado al infractor.

Además, es fundamental que presentes todas las pruebas posibles para que tu demandan tenga consistencia y tengas más posibilidades de ganar. Guarda las denuncias hechas a la policía, la denuncia presentada al ayuntamiento, los informes de ruidos que te hayan dado los técnicos, los escritos de queja, las solicitudes, el acta de la Junta Extraordinaria, los requerimientos… todo lo que hayáis mandado al vecino o hayas obtenido en este tiempo.

También existe una aplicación para Android que te permite registrar el nivel de ruido, la media de volumen, la hora en que se produce, el día concreto y el tiempo que dura, lo que podrías usar también como pruebas.

La demanda que interpongas debe incluir la solicitud de que cese de manera inmediata la actividad molesta, solicitar al juzgado que adopte las medidas cautelares necesarias para que esto se cumpla, la compensación económica a los vecinos afectados siempre que se puedan demostrar los perjuicios causados, privación del uso del piso o local durante un período como máximo de tres años y extinción del contrato de arrendamiento en el caso de que el infractor sea inquilino.

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